La Jurisprudencia y la Plenitud Jurídica (Y una breve visión de la Teoría del Derecho)

Por: Lic. Roberto Zavala Chavero, Mayo 2013

En términos generales se considera el Derecho objetivo como un conjunto o sistema de normas que rigen obligatoriamente la vida humana en sociedad: necesario es reconocer que esta definición junto con otras dadas, pueden llegar a darse en varios conceptos. Uno de ellos lo encontraremos en el orden moral, que se define como un sistema de normas que rige la vida humana tanto en lo individual como en lo social; los moralistas enseñan que estos preceptos son obligatorios, aunque con obligatoriedad distinta a la jurídica. Por otro lado, esta definición también corresponde a los usos o convencionalismos sociales, aunque de nuevo la obligatoriedad es diferente, pues estos solo obligan bajo la sanción del ridículo o extrañamiento social. Por último, dentro del mismo orden social se pueden Seleccionar aquellas normas cuyo alcance social es la justicia (Derecho Natural)1.